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miércoles, marzo 18, 2026
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SE ACTIVA CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR partículas pm2.5 en LA ZONA metropolitana DEL VALLE DE MÉXICO

 

 

La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que el día de hoy a las 12:00 horas, se registró un valor de 106.9 y 100.2 microgramos por metro cúbico de partículas PM2.5 en las estaciones Nezahualcóyotl y Santiago Acahualtepec, respectivamente, ubicadas en el municipio de Nezahualcoyotl y la alcaldía de Iztapalapa en las Zonas Noreste y Sureste del Valle de México.

 

Lo anterior, en seguimiento a los niveles de calidad del aire, a las condiciones meteorológicas presentes en la ZMVM y con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas que aplican en la Zona Metropolitana del Valle de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis ACTIVA LA FASE 1 DE CONTINGENCIA AMBIENTAL POR PARTÍCULAS PM2.5 EN LA ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de partículas el día de mañana:

 

MEDIDAS Y RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN

 

Protección a la salud

  • Mantenerse informados sobre el estado de la calidad del aire en la aplicación, “AIRE CDMX”, sitio web www.aire.cdmx.gob.mx., twitter: @Aire_CDMX.
  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales, de recreo o ejercicio al aire libre a cualquier hora del día.
  • No fumar, en especial en espacios cerrados.
  • Se recomienda posponer los eventos deportivos, culturales o espectáculos masivos programados.

 

Reducción de emisiones

Se recomienda:

  • Facilitar y continuar el trabajo a distancia para reducir viajes.
  • En caso de contar con aire acondicionado en el hogar o automóvil, utilizarlo en modo de «recirculación”, así como mantener puertas y ventanas cerradas.
  • Para reducir la generación y exposición a partículas cuando se está en interiores, no prender velas ni quemar leña, carbón u otros materiales.
  • Se prohíbe la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para adiestramiento y capacitación de personal.
  • Reducir el uso del vehículo particular y utilizar el servicio de transporte público.
  • Reportar cualquier tipo de incendio de manera inmediata a los teléfonos:

 

Ciudad de México Estado de México CONAFOR
 

911, *0311

 

CATGEM

800-696-9696

 

800-4623-6346

Centro estatal de Combate y Control de Incendios

55-56-30-53-60

PROBOSQUE

722-878-9858

 

 

Restricciones a la circulación en el Sector Transporte

 

Mañana jueves 2 de enero del 2025, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 4, 6, 8 y 0.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado verde, con terminación de placa 1 y 2.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos      que portan holograma 2.
  5. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de      la CDMX o EDOMEX.
  6. Los taxis con holograma de verificación  ”2,” “1”, “0” y “00” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la      restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

 

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I

 

Restricciones de la Industria federal y local

  • Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan equipos de combustión, procesos o actividades que generen partículas reducirán el 40% de sus emisiones de partículas.
  • Suspender las actividades de las concreteras (fijas o móviles) que no cuenten con equipo de control de emisiones.
  • Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.
  • La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.
  • Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.

 

Restricciones en Servicios 

  • Suspender las actividades de construcción, remodelación, demolición y movimiento de tierras, con excepción de los rellenos sanitarios.
  • Suspender toda actividad de explotación de bancos de materiales pétreos.
  • Suspender las actividades de movimiento de materiales generadores de partículas a cielo abierto en establecimientos de materiales de construcción (arena y grava, entre otros).
  • Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.

 

Medidas y acciones a cargo del gobierno:

  • Restringir la circulación de todos los vehículos oficiales de uso administrativo, se exceptúan los vehículos híbridos o eléctricos y de emergencia, de vigilancia y de servicios urbanos.
  • Las autoridades de salud en el ámbito de sus competencias, difundirán las recomendaciones de protección a la salud.
  • Prohibir la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para adiestramiento y capacitación.
  • Intensificar la vigilancia y el combate de incendios en zonas agrícolas y forestales.
  • La autoridad competente informará a los productores de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales que deberán reprogramar la cocción de sus productos.
  • Suspender actividades de mantenimiento a la infraestructura urbana del gobierno local correspondiente, que generen emisiones fugitivas de partículas (movimiento de tierra, excavaciones, mantenimiento a jardines y camellones, entre otros), con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes.
  • Suspender las obras que obstruyan o dificulten el tránsito, con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes.
  • Reforzar la detección y sanción de vehículos ostensiblemente contaminantes, de vehículos sin verificación o que circulan el día que no les corresponde.
  • Reforzar la detección y sanción de vehículos de transporte de materiales de construcción abiertos sin lona de cobertura y/o que derramen materiales.
  • Restringir la circulación de todos los vehículos oficiales de uso administrativo

 

Seguimiento. Hoy a las 15:00 horas se emitirá el boletín informativo respectivo, para informar de las condiciones meteorológicas y de calidad del aire que prevalecerán en la Zona Metropolitana del Valle de México.

 

Para mayor información sobre la aplicación de estas medidas, se sugiere consultar las siguientes páginas:

CAMehttps://www.gob.mx/comisionambiental

CDMXhttp://www.aire.cdmx.gob.mx/default.php

EDOMEXhttp://rama.edomex.gob.mx/

PROFEPA:www.profepa.gob.mx/