Ciudad de México, 31 de enero de 2026. El próximo 4 de febrero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene listado un asunto de alcance nacional impulsado por México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) relacionado con la desprotección de los derechos de las víctimas del delito derivada de la reforma a la ley de la Fiscalía General de la República.
El asunto corresponde al amparo promovido por MUCD contra la Ley de la Fiscalía General de la República, publicada en mayo de 2021, que sustituyó a la Ley Orgánica de 2018 y redujo de manera significativa derechos previamente reconocidos a las víctimas del delito como: el derecho de ayudar a la autoridad y participar efectivamente en los procesos de investigación de sus casos, el acceso ilimitado a sus carpetas de investigación, la posibilidad de que la FGR atraiga casos del fuero local y el derecho a que la FGR les dicte medidas de protección a testigos y víctimas. Esta ley, además, eliminó la obligación de la FGR a coordinarse con mecanismos nacionales clave para dar justicia a las víctimas como el Mecanismo de Apoyo exterior, el Sistema Nacional de Búsqueda y el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En junio de 2021, como parte de los esfuerzos impulsados por el colectivo La Justicia que queremos, MUCD promovió un amparo al considerar que estos cambios constituyen una medida regresiva y contraria al principio de progresividad de los derechos humanos, y que afectan de manera directa a las víctimas del delito, así como nuestra labor de acompañamiento a víctimas y defensa de derechos.
Tras un largo recorrido judicial, un Tribunal Colegiado reconoció expresamente que MUCD cuenta con interés legítimo para impugnar la ley y ordenó que el caso fuera analizado por la Suprema Corte. Sin embargo, el proyecto de resolución listado para discutirse este 4 de febrero, elaborado bajo la ponencia del ministro Hugo Aguilar Morales, propone sobreseer el juicio, al considerar que los artículos impugnados son meramente “orgánico-competenciales”, es decir, que son simples atribuciones internas de la Fiscalía y no generan derechos exigibles.
Este enfoque resulta preocupante y pone en absoluto riesgo la posibilidad de restablecer derechos a las víctimas del delito, ya que reduce el debate a una cuestión formal y omite analizar el impacto real de la ley en el acceso a la justicia, pues ignora que se eliminaron mecanismos de control, participación y coadyuvancia que estaban directamente vinculados a derechos de las personas que buscan justicia por un delito.
De aprobarse este proyecto, la SCJN evitaría pronunciarse sobre el fondo del asunto, negando el acceso a la justicia constitucional y dejando sin respuesta la pregunta central: si es constitucional que una ley debilite derechos de las víctimas y elimine derechos adquiridos.
Desde MUCD hacemos un llamado enérgico a la Corte a no sobreseer el caso, a no darle la espalda a las víctimas, sino a garantizar mecanismos que faciliten su acceso a la justicia.




