Ricardo Monreal presentó adecuaciones al dictamen sobre extorsión; otorgarán al Estado un instrumento que garantiza paz y tranquilidad a la ciudadanía

  • Proponer cambios a los artículos 2, 3, 8, 16, 18, 21, 26 y 43 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión

 

El presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario de Morena, diputado Ricardo Monreal Ávila, al presentar adecuaciones al dictamen en materia de extorsión, aseguró que permitirán otorgar al Estado, a la autoridad, un instrumento jurídico que le garantiza paz y tranquilidad a los ciudadanos de este país.

 

Dijo que las modificaciones al dictamen para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión y reformar, agregar y derogar diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, están firmadas por los diputados Carlos Alberto Puente Salas. (PVEM) y Reginaldo Sandoval Flores, la diputada Ivonne Ortega Pacheco (MC) y diputados de Morena.

 

Aseveró que la extorsión es un flagelo social, es un cáncer social, que nadie puede negar que en los últimos años se ha incrementado de manera alarmante y preocupante. “Solo en este primer semestre de 2025 casi seis mil víctimas de extorsión denunciaron”.

“Este delito afecta a comerciantes, transportistas, agricultores, ganaderos, a muchas personas que tienen un pequeño comercio, una pequeña tienda, una pequeña fábrica, agregó.

 

Ante ello, anunció que presenta adecuaciones a estas reformas para modificar el artículo 2, a fin de precisar cómo deben coordinarse las autoridades de las tres órdenes de gobierno en la prevención, investigación, persecución y sanción del delito. De igual manera, se incorporan los principios de interculturalidad e interseccionalidad al artículo 3, en tanto se fortalece la certeza jurídica en la definición de la competencia federal y de la facultad de atracción en el artículo 8.

 

Detalló que con las adecuaciones a los artículos 16 y 18 se sustituye la expresión “firmar un acto jurídico” por “celebrar un acto jurídico” y se aclara la redacción relativa a la afectación económica de una entidad federativa. En el caso del artículo 21 se propone un ajuste al rango de sanción, estableciendo penas de cinco a doce años de prisión.

 

En lo que respeta a la reserva del artículo 26 establece que la reparación del daño a las víctimas se realizará con los recursos provenientes de los procedimientos de extinción de dominio. Finalmente, la modificación al artículo 43 tiene por objeto que las autoridades diseñen e implementen campañas permanentes de información y prevención, orientadas a visibilizar las distintas modalidades de extorsión y fomentar la denuncia ciudadana.

 

Recordó que la reforma constitucional al artículo 73, publicada el 9 de octubre de 2025, facultó al Congreso de la Unión para expedir una Ley General en materia de extorsión, con el fin de establecer un tipo penal único, fijar sanciones proporcionales y construir un sistema de cooperación eficaz entre las tres órdenes de gobierno, con una visión centrada en la víctima y orientada a restablecer la seguridad y la confianza ciudadana en las instituciones del Estado.

 

Estas ocho adecuaciones permitirán que cada nivel de gobierno, municipio, estado y Federación, tengan la posibilidad de prevenir, investigar, perseguir y sancionar este delito, precisó.

 

Subrayó que se redujo los márgenes de discrecionalidad en la aplicación de la ley, se propone un ajuste en el rango de sanción, toda vez que “el delito de extorsión dice de seis a 15 años, más la posibilidad de una tercera parte en el caso de algunas de las 34 agravantes”.

 

Aclaró que propone reducir de seis a 12 años y “o de 10 a 20 años para los servidores públicos, “pero déjenme decirles por qué me motivó ponerle en lugar de 10 a 20, que dice el dictamen que aprobamos en lo general, con la reserva está, dice que a todo aquel funcionario público que no dé informes sobre alguna conducta ilícita relacionada con la extorsión, se le castigará de 10 a 20 años”.

 

«Lo que planteo es que sea de cinco a 12 años. ¿Por qué? Porque no se le puede aplicar una pena mayor de 10 a 20 años al funcionario que omite o al funcionario que no informa frente al que es extorsionador».

 

Por ello, «planteo que al servidor público que no informe, el cómplice de aquel que omite la información, no sea de 10 a 20 años, sino de cinco a 12 años. Y queda el extorsionador de hasta los 15 años», enfatizó.

 

Por otra parte, indicó que estas adecuaciones buscan que los bienes producto del delito de extorsión se destinen prioritariamente a la reparación del daño de la víctima, no que se vayan a un fondo como actualmente establece el Código Penal Federal y el de Procedimientos Penales, en el caso de aseguramiento de bienes que son utilizados para multas ilícitos, sino que este será exclusivamente para la víctima y reparar el daño causado por la extorsión cometida.

 

“El propósito es establecer la relación directa entre el decomiso de bienes ilícitos y la justicia material, de manera que los activos recuperados del delito de extorsión no se diluyan en el erario público, sino que se destinan específicamente a reparar el daño causado a las víctimas”, afirmó Monreal Ávila.

 

Finalmente, reiteró que estas modificaciones tienen por objeto fortalecer y ampliar los alcances de la estrategia nacional para prevenir y combatir el delito de extorsión, a fin de convertirlo en un verdadero instrumento de política pública, operativa, verificable y orientada a resultados.

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