Como una práctica de transparencia proactiva y con el fin de establecer piso parejo en el cobro de las contribuciones y brindar certidumbre jurídica a las y los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer los criterios de programación de auditorías.
Indicadores de riesgo
La autoridad fiscal solo audita a los contribuyentes que son identificados con conductas de alto riesgo para dejar de pagar impuestos, dejar de enterar retenciones o tratar de obtener saldos a favor ilegales, entre otras, en los siguientes supuestos:
• Celebran operaciones con factureras o nomineras.
• Presentan pérdidas fiscales recurrentes.
• Simulan o abusan de deducciones.
• Obtienen ingresos que no son declarados.
• Abusan de estímulos fiscales.
• Presentan inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden.
• Importan productos con precios por debajo del mercado, e incumplen con regulaciones o restricciones no arancelarias.
• No pagan retenciones por sus empleados.
• Realizan operaciones con paraísos fiscales.
• Solicitan devoluciones improcedentes.
• Pagan menos impuestos en tasa efectiva comparado con su sector
Criterios de selección y número de auditorías
A partir de la identificación de dichas conductas se prioriza el inicio de auditorías a los contribuyentes que presentan mayores calificaciones de riesgo. Para 2026 se considerará abrir el siguiente número de auditorías de acuerdo al padrón auditable correspondiente:
El SAT reitera su compromiso de seguir empleando mecanismos de auditoría rigurosos y en estricto apego a la ley para combatir la evasión y la elusión fiscal, con el fin de consolidar un sistema tributario justo y equitativo por el bienestar de México.