Estimada Señora Presidenta:
Nos dirigimos a usted en representación de miles de familias y comunidades mexicanas radicadas en el extranjero, particularmente en los Estados Unidos.
En memoria solemne de Silverio Villegas-González, un padre de familia mexicano, trabajador incansable y migrante digno, quien fue asesinado el 12 de septiembre de 2025 en Franklin Park, Chicago, Illinois, durante un incidente con agentes de la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unidos. Según reportes preliminares, el señor Villegas-González, de nacionalidad mexicana y residente en Chicago, falleció tras un alto vehicular donde un agente de ICE disparó contra él, causándole la muerte.
Y en redes sociales se dio a conocer un video donde se arroja evidencia que se trató de homicidio a sangre fría.
Este trágico suceso resalta la vulnerabilidad de nuestros compatriotas ante operaciones migratorias que escalan a niveles de violencia letal.
En nombre de la comunidad de migrantes mexicanos en el exterior, solicitamos respetuosamente que su gobierno emita un comunicado oficial a través de las vías diplomáticas ante el gobierno de los Estados Unidos, con el fin de esclarecer los hechos ocurridos, incluyendo la cadena de eventos que llevaron al uso de fuerza letal por parte de agentes federales de ICE. Esta acción es imperativa para garantizar la transparencia y rendición de cuentas, conforme a los derechos consulares establecidos en el derecho internacional.
Adicionalmente, le instamos a intervenir de manera inmediata y decidida para prevenir que esta situación de violencia contra migrantes mexicanos continúe escalando, y para evitar que más ciudadanos mexicanos pierdan la vida a manos de autoridades de migración en Estados Unidos. Tales incidentes no solo violan el derecho a la vida, sino que contravienen obligaciones internacionales que México ha ratificado.
En particular, invocamos los siguientes instrumentos del derecho internacional:
• Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963), Artículo 36: Que establece el derecho de los nacionales de un Estado a ser informados de su detención y a recibir asistencia consular sin demora, lo cual incluye la obligación de las autoridades receptoras de notificar al consulado mexicano en casos de arresto o incidente fatal involucrando a un nacional mexicano.
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, 1966), Artículo 6: Que protege el derecho inherente a la vida y prohíbe la privación arbitraria de la vida, obligando a los Estados a investigar y sancionar actos de violencia estatal que resulten en muertes.
• Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, 1969), Artículo 4: Que garantiza el derecho a la vida y la integridad personal, requiriendo que los Estados adopten medidas para prevenir ejecuciones extrajudiciales y protejan a personas en situaciones de vulnerabilidad, como los migrantes.
• Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1990), Artículo 68: Que insta a los Estados a cooperar en la protección de los derechos de los migrantes, incluyendo la prevención de abusos por autoridades y la promoción de canales diplomáticos para resolver incidentes transfronterizos.
Estos preceptos internacionales no solo exigen claridad en el caso de Silverio Villegas-González, sino también acciones proactivas para fortalecer la protección consular y dialogar con las autoridades estadounidenses sobre protocolos de uso de fuerza en operaciones migratorias.
Confiamos en su liderazgo para defender los derechos de los mexicanos en el exterior y honrar la memoria de Silverio Villegas- González mediante una respuesta diplomática firme y preventiva. Quedamos a su disposición para cualquier colaboración adicional.
Atentamente, Coordinador General Colectivo de Migrantes Mexicanos en Estados Unidos