El IECM TRANSMITIÓ EL SEGUNDO DEBATE A LA JEFATURA DE GOBIERNO PARA LAS PERSONAS EN PRISIÓN PREVENTIVA

 

● El objetivo es que las personas en prisión preventiva conozcan las propuestas de las candidaturas para emitir un voto informado

 

Podrán emitir su voto de manera anticipada del 6 al 20 de mayo

 

El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), en coordinación con la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) realizó la transmisión, en diversos centros penitenciarios, el Segundo Debate a la Jefatura de Gobierno que se realizó el pasado 21 de abril, para las personas en prisión preventiva sin sentencia firme que podrán emitir su voto.

El objetivo es que este sector de la población esté en condiciones de emitir un voto razonado e informado, el cual se realizará de manera anticipada del 06 al 20 de mayo.

 

Después de la transmisión del Primer Debate en centros penitenciarios, el objetivo es seguir difundiendo las propuestas de las tres candidaturas señaladas por orden alfabético: Clara Marina Brugada Molina, de la coalición “Sigamos Haciendo Historia en la Ciudad de México”; Salomón Chertorivski Woldenberg, del Partido Movimiento Ciudadano y Santiago Taboada Cortina de la coalición “VA X LA CDMX”.

Es de mencionar que, por primera ocasión en la Ciudad de México, alrededor de mil 572 personas en prisión preventiva tendrán el derecho y oportunidad de ejercer su voto en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

 

La transmisión del Debate se realizó en los centros penitenciarios en donde hay personas en prisión preventiva, el Centro Femenil de Reinserción Social, el Centro Varonil de Reinserción Social de Santa Martha Acatitla, el Centro Varonil de Seguridad Penitenciaria I, el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, Reclusorio Preventivo Varonil Oriente y Reclusorio Preventivo Varonil Sur.

 

Para el caso de la Ciudad de México, las personas en prisión preventiva podrán votar por los cargos de Jefatura de Gobierno, alcaldía y sus respectivas concejalías así como de diputación al Congreso local, que correspondan al ámbito territorial (demarcación y distrito local) donde se ubica el centro penitenciario en que se encuentren.

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