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jueves, septiembre 3, 2026
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Cámara de Diputados aprobó su calendario de sesiones para el primer periodo del tercer año

  • Contempla 31 sesiones ordinarias, una de Congreso General y una preparatoria

La Cámara de Diputados aprobó, en votación económica, su calendario legislativo correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXVI Legislatura, el cual prevé 31 sesiones ordinarias, una de Congreso General y una preparatoria para la elección de la Mesa Directiva (31 de agosto).

Conforme al acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, para el mes de septiembre las sesiones son los días 1 (Congreso General y ordinaria), 2, 8, 9, 14, 15, 22, 23, 29 y 30.

En octubre se realizarán los días 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27 y 28.

Mientras que, en noviembre, los días 4, 5, 10, 11, 18, 19, 24 y 25.

Para diciembre, los días 1, 2, 8, 9 y 15 (posible clausura del periodo).

Se establece el 8 de septiembre como fecha límite para la recepción del Proyecto de Paquete Fiscal 2027, de conformidad con el artículo 74, Fracción IV de la Constitución Política.

Determina el 20 de octubre como fecha límite para aprobar la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2027, conforme al artículo 42 fracción IV de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Instituye el día 15 de noviembre como fecha límite para aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2027, de acuerdo con el artículo 42 fracción V de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

De conformidad con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el miércoles 16 de septiembre y el lunes 16 de noviembre se declaran como descanso obligatorio, en conmemoración del 16 de septiembre y del 20 de noviembre, respectivamente.

El acuerdo menciona que en caso de que los trabajos legislativos requieran celebrarse en un día distinto a los calendarizados, la presidencia de la Mesa Directiva hará la cita respectiva a solicitud de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).

Añade que en uso de sus facultades legales la presidencia de la Mesa Directiva podría citar a sesiones en modalidad presencial o semipresencial.

Conforme al acuerdo y según el artículo 66 de la Constitución Política, cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos que le corresponden. y el primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.

Hace mención que el artículo 65, párrafo primero, de la Constitución Política establece que el Congreso de la Unión se reunirá a partir del 1º de septiembre de cada año para celebrar su primer periodo de sesiones ordinarias.

Mientras que de conformidad con el artículo 38, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General, corresponde a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones y el calendario para su desahogo.

De igual modo, el artículo 36, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados señala que, por regla general, se llevarán a cabo las sesiones los martes y jueves de cada semana y podrán realizarse sesiones en días diferentes a los señalados, cuando así lo determine la Conferencia.

Cita próxima sesión

Posteriormente, la Mesa Directiva informó que, en términos de los artículos 100, 102 y 299 del Reglamento de la Cámara de Diputados las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

Enseguida, se levantó la sesión y se citó para la próxima que tendrá lugar el martes 8 de septiembre del año en curso, a las 11:00 horas, en modalidad presencial.