El Hijo del Camionero
Por: Dr. Mario Rodolfo Cid de León Carraro
Coordinador del Grupo de Estudio y Análisis
Político Económico de Nezahualcóyotl
@MRODOLFO_CID
Una vez más, México se encuentra en las vísperas de celebrar elecciones generales, termino que se utiliza para distinguir a la jornada en que se elige presidente de la república, y no solo a este, sino también a los diputados federales y senadores, es decir se eligen dos de los tres poderes federales, además de que en las treinta y dos entidades existen elecciones locales, tal y como elegir diputaciones locales, ayuntamientos, incluso gobernadores, por lo que se reitera, la denominación de elecciones generales.
El proceso electoral, deriva de un derecho generado de algo que se denomina democracia, la que puede ser entendida como una doctrina política y como una forma de organización social, la que tiene su origen formal en occidente con las revoluciones europeas de 1848.
Aquellas épicas jornadas con el paso del tiempo, dieron origen a la denominada democracia liberal, hoy totalmente en crisis, y sin expectativa, al grado que esta siendo sustituida por la autocracia constitucional la que, en muchos casos, ofrece a sus conciudadanos, mejores resultados que los regímenes democráticos clásicos.
En este contexto, en diversos países incluido México, se ha desdibujado la naturaleza de los procesos electorales, donde se ha olvidado la parte sustantiva, que es la interacción de los diversos actores políticos con los electores, al grado que ya no se transmiten mensajes, ideas, acciones y proyectos, permitiendo así la prevalencia de percepciones que en la mayoría de los casos no se ajusta a la realidad o bien genera una posverdad.
Resulta indispensable abordar estos temas en su justa dimensión con el objeto de recuperar el contacto entre partidos políticos, sus actores y la ciudadanía, en el entendido que debe recuperase la idea plena de los que es un proceso electoral y las partes que lo conforman, el que esta perfectamente vinculado con la idea y modelo de democracia y sistema de gobierno que se tenga en el país de que se trate, por lo que debe destacarse en que consiste el sistema de gobierno en México.
En México, el Gobierno Federal se divide en tres Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Esta división tiene por objeto establecer un equilibrio entre ellos.
- Poder Legislativo
Se integra por el Congreso de la Unión, que crea y reforma las leyes en México. El Congreso se compone por la Cámara de Diputados y el Senado de la República. La primera cuenta con 500 miembros que se eligen cada tres años, y el segundo tiene 128 integrantes que se renuevan cada seis años.
- Poder Ejecutivo
Es representado por el presidente de la República, que se elige cada seis años. Se encarga de ejecutar las leyes y gobernar, para lo cual nombra un gabinete.
- Poder Judicial
Recae en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se encarga de salvaguardar la Carta Magna y se integra por ministros, magistrados y jueces.
Los Gobiernos de los estados de la República también se integran por los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial; no así los municipios, que se gobiernan por cuerpos colegiados, los Ayuntamientos, que toman sus determinaciones y deliberan cuando se constituyen en juntas denominadas cabildos.
Tanto quienes encabezan los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, como los servidores públicos que conforman los órganos legislativos, deben elegirse mediante el voto popular en los procesos electorales.
Por lo anterior se precisa que un proceso electoral es el conjunto de actos realizados en fases y que la Constitución y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales mandatan a las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos para renovar periódicamente a los integrantes de los Poderes Legislativos y Ejecutivo federal y de las entidades federativas, de los ayuntamientos en los estados de la República y de las alcaldías en la Ciudad de México.
El proceso electoral ordinario se comprende de las siguientes etapas:
1) Preparación de la elección.
2) Precampaña electoral.
3) Campaña electoral.
4) Jornada electoral.
5) Resultados y declaraciones de validez de las elecciones.
6) Dictamen y declaraciones de validez de la elección.
Durante el desarrollo del proceso electoral participan diversos actores y cada uno de ellos en el mencionado procesos, siendo estos los actores: 1) autoridades electorales: Instituto Nacional Electoral, Organismo Públicos Locales Electorales, Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Autoridades electorales jurisdiccionales locales; 2) partidos políticos: nacionales y locales; 3) ciudadanos y ciudadanas: electores, funcionarios de mesa directiva de casilla, observadores electorales y candidatos independientes.
La elección de los ciudadanos que conformarán el Gobierno debe efectuarse por medio de elecciones transparentes y confiables, basados en normas que garanticen el funcionamiento del proceso electoral.
La función electoral se ejerce a partir de lo que establecen los siguientes documentos:
- Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
- Ley General de Partidos Políticos
- Reglamento de Elecciones
- Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral
- Ley General en Materia de Delitos Electorales
Es en esta parte donde debe destacarse la campaña electoral es una de las seis partes que conforman el proceso electoral, aclarándose que cada una de estas partes, salvo que estén sujetas a calendario legal establecido, pueden desarrollarse progresiva o simultáneamente; por ejemplo, aunque la jornada electoral concretamente se desarrolla en el día de la elección y no en otro momento, su organización puede correr a la par de la campaña.
Puede entenderse que una campaña electoral es el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos nacionales o estatales, las coaliciones, y los candidatos registrados, para promover sus programas, principios, estatutos, plataformas y candidaturas para obtener el voto ciudadano.
Las campañas independientemente de su duración concluyen en las 72 horas previas al día de la jornada electoral.
Es menester separar y aclara ideas, tiene ya años que se confunde hacer campaña electoral, con preparar la jornada electoral; organizar la movilización de votantes, reclutar el ejército electoral, capacitar dicho ejército, organizar el accionar de los representantes ante las juntas distritales; todo esto es preparar la jornada electoral y no se equipara con hacer campaña, lo que por conclusión lleva a dilucidad, que se genera un vacío entre el votante y el partido y sus candidatos, vacío que es ocupado con falsas percepciones.
En esta época se vive ya el proceso de las elecciones generales, por lo que los partidos políticos deberían estar haciendo campaña, con el objeto de promover los planes de gobierno y dar a conocer a la persona que los ejecutarán, es decir a la candidata, con el objeto de generar confianza y por tanto la preferencia del elector, por lo que el punto central para hacer dicha campaña, es el mensaje a compartir, el que debe ser estructurado, lógico, creíble y ejecutable; si se transmiten estas características a la gente, se habrá logrado su confianza manifiesta a través de la emisión de sus votos.
La credibilidad se logra mediante la presentación de una plataforma político electoral solvente, de la que derivaran las ideas a expresar y dichas ideas, propuestas o mensajes, deben circunscribirse a las facultades que correspondan a cada uno de los cargos, por lo que en este caso concretamente se hace referencia a los cargos federales:
Las facultades y obligaciones del presidente son las siguientes:
- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
- Nombrar y remover libremente a los secretarios de Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes.
III. Nombrar, con aprobación del Senado, a los embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda y a los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica;
- Nombrar, con aprobación del Senado, los coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales.
- Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo a las leyes.
- Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
VII. Disponer de la Guardia Nacional en los términos que señale la ley;
VIII. Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
- Intervenir en la designación del fiscal general de la República y removerlo, en términos de lo dispuesto en la constitución.
- Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado.
- Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión Permanente.
XII. Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones.
XIII. Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación.
XIV. Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales;
- Conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado, con arreglo a la ley respectiva, a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria.
XVI. En cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.
XVII. Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado.
Son facultades exclusivas del Senado:
- Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el presidente de la República y el secretario del Despacho correspondiente rindan al Congreso.
- Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga de los secretarios de Estado, en caso de que éste opte por un gobierno de coalición, con excepción de los titulares de los ramos de Defensa Nacional y Marina.
III. Autorizarlo también para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del País, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguas mexicanas.
- Analizar y aprobar el informe anual que el Ejecutivo Federal le presente sobre las actividades de la Guardia Nacional.
- Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de una entidad federativa, que es llegado el caso de nombrarle un titular del poder ejecutivo provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales de la entidad federativa.
- Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de una entidad federativa cuando alguno de ellos ocurra con ese fin al Senado, o cuando con motivo de dichas cuestiones se haya interrumpido el orden constitucional, mediando un conflicto de armas.
VII. Designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de entre la terna que someta a su consideración el presidente de la República, así como otorgar o negar su aprobación a las solicitudes de licencia o renuncia de estos, que le someta dicho funcionario.
VIII. Autorizar mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, los convenios amistosos que sobre sus respectivos límites celebren las entidades federativas.
- Analizar y aprobar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, en el plazo que disponga la ley, previa comparecencia del titular de la secretaría del ramo. En caso de que el Senado no se pronuncie en dicho plazo, ésta se entenderá aprobada;
- Integrar la lista de candidatos a fiscal general de la República.
Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:
- Expedir el Bando Solemne para dar a conocer en toda la República la declaración de presidente Electo que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
- Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la Auditoría Superior de la Federación, en los términos que disponga la ley.
III. Ratificar el nombramiento que el presidente de la República haga del secretario del ramo en materia de Hacienda.
- Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal.
- Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.
- Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo en el plazo que disponga la ley. En caso de que la Cámara de Diputados no se pronuncie en dicho plazo, el Plan se entenderá aprobado.
VII. Designar, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en esta Constitución.
Lo que acaba de expresarse es un resumen general de las facultades inherentes a los cargos federales, las que deben considerarse, con el objeto de valorar la oferta política de los candidatos: “lo que me ofrecen ¿es realizable en los términos de sus obligaciones?”
Una vez visto esto, a exigir realidades y cosas viables a los candidatos de su preferencia.