DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA SOBRE LA APROBACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA ESTATAL DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA EN EL ÁMBITO DE LA DISUASIÓN NUCLEAR

El Hijo del Camionero

“¿Ante un nuevo paradigma de seguridad mundial?”

 

 

Por: Dr. Mario Rodolfo Cid de León Carraro

Presidente de la Junta de Enlace Ciudadano, para el

Análisis de Temas Económicos y Sociales de

México y Nezahualcóyotl

 

@MRODOLFO_CID

 

Como es sabido, ya dos de las principales agencias internacionales, cambiaron la perspectiva de la calificación soberana de México de estable a negativa, esto que quiere decir, lo que implica es que si para la próxima emisión de calificación, si no se han corregido las distorsiones generadas en la economía y en la estructura de la organización gubernamental; la calificación será degradada y si dicha degradación va por debajo del grado de inversión, en ese momento, “saltará por los aires el T MEC”, situación que parece que a la ciudadanía la tiene sin cuidado, a pesar de que dos de cada tres empleos formales, se originan a consecuencia del tratado.

 

Parte de la situación a evaluar y como se mencionó en columnas pasadas, es la revisión de la planeación económico-financiera*presupuestal, para el ejercicio fiscal del año 2025, misma que revelaría los verdaderos resultados del gobierno anterior, lo que indudablemente es cierto. El mal llamado paquete económico, apenas se presentó el viernes y será sujeto a análisis, para que sea presentado en la columna del próximo martes, de manera muy seria, porque indudablemente, la opinión de los socios estratégicos, de las calificadoras y de sectores concretos de la sociedad (UNAM, IPN y UAM), generaran cambios aunque no sean sustantivos.

 

No obstante el día de hoy, en el ámbito internacional, se ha dado a conocer que diversos países de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, en primer lugar Estados Unidos, han autorizado al gobierno ucraniano, a utilizar las armas que le son donadas o vendidas, para atacar el interior del territorio de la Federación de Rusia, lo que de forma inmediata a significado el desenmascaramiento abierto de la escalada en el conflicto, convirtiéndolo de facto en lo que ya era sabido, “una guerra subsidiaria entre Rusia y la OTAN”, peleada a través de Ucrania.

 

La autorización mencionada, supuso la reacción inmediata del gobierno ruso, el que a través del Presidente Vladimir Putin, decretó una nueva “doctrina de disuasión nuclear”. En distintos medios de comunicación se ha tratado el tema, fundamentalmente de manera especulativa y con pleno desconocimiento de causa, con lo que se genera alarma entre ciertos ciudadanos; no obstante la situación, es un hecho que el decreto sobre la aprobación de los principios de la política estatal de la federación de Rusia en el ámbito de la disuasión nuclear, implica un antes y un después en el esquema de seguridad internacional, el papel real y efectivo de la Organización de las Naciones Unidas en la resolución y mediación de conflictos, la no aceptación de reglas unilaterales y específicas para tratar de a conveniencia cada conflicto en lo particular y lo más importante, la apertura a un nuevo orden multilateral, un tanto más justo, basado en la soberanía de los estados y en la interdependencia legitima en la convivencia del concierto de las naciones.

 

Por lo anterior y con el fin de evitar las especulaciones de distintos medios de comunicación y análisis y opiniones a modo, a continuación se presenta íntegro y traducido al español, el decreto que nos ocupa, con el objeto de que usted lo conozca de primera mano los principios bajo los que la Federación Rusa, decidirá el uso de su armamento nuclear de disuasión, para que usted se pueda hacer de su propia opinión, la que indudablemente, será la mejor para comprender la nueva realidad internacional, en la que si bien, México no es participe directo, indudablemente, estará imbuido:

 

PRINCIPIOS de la Política Estatal de la Federación de Rusia en el ámbito de la disuasión nuclear

I.- Disposiciones generales

  1. Los presentes Principios son un documento de planificación estratégica en el ámbito de la defensa, que reflejan las posturas oficiales sobre la esencia de la disuasión nuclear, identifican los peligros y amenazas militares que se neutralizan mediante la disuasión nuclear, los principios de dicha disuasión, así como las condiciones bajo las cuales la Federación de Rusia puede recurrir al uso de armas nucleares.
  2. La disuasión garantizada de un posible adversario frente a una agresión contra la Federación de Rusia y/o sus aliados es uno de los más altos prioritarios estatales. La disuasión de la agresión se garantiza mediante el conjunto total de la potencia militar de la Federación de Rusia, incluyendo las armas nucleares.
  3. La política estatal de la Federación de Rusia en el ámbito de la disuasión nuclear (en adelante, la política estatal en el ámbito de la disuasión nuclear) es un conjunto de medidas coordinadas, unificadas bajo un propósito común, de carácter político, militar, técnico-militar, diplomático, económico, informativo y otras medidas implementadas, apoyándose en las fuerzas y medios de disuasión nuclear, para prevenir la agresión contra la Federación de Rusia y/o sus aliados.
  4. La política estatal en el ámbito de la disuasión nuclear es de carácter defensivo y está orientada a mantener el potencial de las fuerzas nucleares a un nivel suficiente para garantizar la disuasión nuclear, y garantizar la protección de la soberanía y la integridad territorial del Estado, la disuasión del posible adversario de llevar a cabo una agresión contra la Federación de Rusia y/o sus aliados, y, en caso de conflicto militar, la prevención de la escalada de las hostilidades y su finalización en condiciones aceptables para la Federación de Rusia y/o sus aliados.
  5. La Federación de Rusia considera las armas nucleares como un medio de disuasión, cuyo uso es una medida extrema y forzada, y toma todas las medidas necesarias para reducir la amenaza nuclear y evitar el agravamiento de las relaciones interestatales que puedan provocar conflictos militares, incluidos los nucleares.
  6. La base normativa y legal de los presentes Principios está conformada por la Constitución de la Federación de Rusia, los principios y normas generalmente reconocidos del derecho internacional, los tratados internacionales de la Federación de Rusia, las leyes federales constitucionales, las leyes federales y otros actos y documentos normativos que regulan las cuestiones de defensa y seguridad.
  7. Las disposiciones de los presentes Principios son obligatorias para todos los órganos federales del poder estatal, otros organismos estatales y organizaciones que participan en la garantía de la disuasión nuclear.
  8. La esencia de la disuasión nuclear
  9. Los presentes Principios pueden ser actualizados en función de factores externos e internos que afecten la defensa.
  10. La Federación de Rusia ejerce la disuasión nuclear contra posibles adversarios, entendiendo por tales a determinados Estados y coaliciones militares (bloques, alianzas) que consideran a la Federación de Rusia como un potencial enemigo y que poseen armas nucleares y/o otros tipos de armas de destrucción masiva, o un considerable potencial militar de fuerzas convencionales. La disuasión nuclear también se aplica a aquellos Estados que proporcionan su territorio controlado, espacio aéreo y/o marítimo, y recursos para la preparación y ejecución de una agresión contra la Federación de Rusia.
  11. La agresión de cualquier Estado miembro de una coalición militar (bloque, alianza) contra la Federación de Rusia y/o sus aliados se considera una agresión de dicha coalición (bloque, alianza) en su conjunto.
  12. La agresión contra la Federación de Rusia y/o sus aliados por parte de un Estado no nuclear, con la participación o el apoyo de un Estado nuclear, se considera un ataque conjunto.
  13.  La disuasión nuclear está orientada a asegurar que el posible adversario entienda la inevitabilidad de represalias en caso de agresión contra la Federación de Rusia y/o sus aliados.
  14. La disuasión nuclear se garantiza con la disponibilidad, en las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, de fuerzas y medios operativos capaces de infligir daños inaceptables al posible adversario mediante el uso de armas nucleares en cualquier circunstancia, así como con la disposición y determinación de la Federación de Rusia de utilizar tales armas.
  15. La disuasión nuclear se lleva a cabo de forma continua en tiempos de paz, durante períodos de amenaza inminente de agresión, y en tiempos de guerra, hasta el momento del uso de armas nucleares.
  16. Los principales peligros militares, que según el cambio de la situación político-militar y estratégica pueden convertirse en amenazas militares para la Federación de Rusia (amenazas de agresión) y cuya neutralización requiere la disuasión nuclear, son:
  17. a) La posesión por parte del posible adversario de armas nucleares y/o de otros tipos de armas de destrucción masiva que puedan ser utilizadas contra la Federación de Rusia y/o sus aliados, así como los medios para su entrega.
  18. b) La posesión por parte del posible adversario y el despliegue de sistemas y medios de defensa antimisiles, misiles de crucero y balísticos de alcance intermedio y corto, armas no nucleares de alta precisión e hipersónicas, drones de ataque de diversas plataformas, y armas de energía dirigida, que puedan ser usadas contra la Federación de Rusia.
  19. c) el incremento por parte del posible adversario de agrupaciones de fuerzas convencionales en territorios adyacentes a la Federación de Rusia y sus aliados, y en zonas marítimas contiguas, incluyendo medios para el despliegue de armas nucleares y/o infraestructura militar que permita su uso;
  20. d) la creación y despliegue por parte del posible adversario de sistemas de defensa antimisiles y de lucha anti satélite en el espacio, así como de sistemas de ataque;
  21. e) el despliegue de armas nucleares y medios para su entrega en territorios de Estados no nucleares;
  22. f) la creación o expansión de nuevas coaliciones militares (bloques, alianzas), lo que conduce al acercamiento de su infraestructura militar a las fronteras de la Federación de Rusia;
  23. g) las acciones del posible adversario dirigidas a aislar partes del territorio de la Federación de Rusia, incluyendo el bloqueo del acceso a comunicaciones de transporte vitales;
  24. h) las acciones del posible adversario dirigidas a atacar (dañar, destruir) instalaciones ecológicamente peligrosas en la Federación de Rusia, que podrían causar catástrofes tecnológicas, ecológicas o sociales;
  25. i) la planificación y realización de ejercicios militares a gran escala por parte del posible adversario cerca de las fronteras de la Federación de Rusia;
  26. j) la proliferación incontrolada de armas de destrucción masiva, medios de entrega, tecnologías y equipos para su fabricación.
  27. Los principios de la disuasión nuclear son:
  28. a) la continuidad de las medidas para garantizar la disuasión nuclear; la adaptabilidad de la disuasión nuclear a los peligros y amenazas militares;
  29. c) la incertidumbre para el posible adversario sobre la escala, el momento y el lugar del posible uso de las fuerzas y medios de disuasión nuclear;
  30. d) la centralización del control estatal sobre las actividades de los órganos federales del poder ejecutivo y las organizaciones involucradas en la disuasión nuclear;
  31. e) la racionalidad en la estructura y composición de las fuerzas y medios de disuasión nuclear, así como su mantenimiento a un nivel suficiente para cumplir las tareas asignadas;
  32. f) el mantenimiento de la preparación constante de una parte designada de las fuerzas y medios de disuasión nuclear para su uso en combate;
  33. g) la centralización del control sobre el uso de las armas nucleares, incluidas las desplegadas fuera del territorio de la Federación de Rusia.
  34. Las fuerzas de disuasión nuclear de la Federación de Rusia incluyen fuerzas nucleares basadas en tierra, mar y aire.

III. Condiciones para el uso de armas nucleares por parte de la Federación de Rusia

  1. La Federación de Rusia se reserva el derecho de usar armas nucleares en respuesta al uso contra ella y/o sus aliados de armas nucleares y/o de otros tipos de armas de destrucción masiva, así como en caso de agresión contra la Federación de Rusia y/o la República de Bielorrusia, como miembros del Estado de la Unión, con armas convencionales que creen una amenaza crítica para su soberanía y/o integridad territorial.
  2. Las condiciones que determinan la posibilidad de que la Federación de Rusia use armas nucleares son:
  3. a) la recepción de información confiable sobre el lanzamiento de misiles balísticos que ataquen los territorios de la Federación de Rusia y/o sus aliados;
  4. b) el uso por parte del enemigo de armas nucleares o de otros tipos de armas de destrucción masiva contra los territorios de la Federación de Rusia y/o sus aliados, contra formaciones militares y/o instalaciones de la Federación de Rusia ubicadas fuera de su territorio;
  5. c) el ataque del enemigo a instalaciones estatales o militares críticas de la Federación de Rusia, cuya destrucción provocaría la interrupción de las acciones de respuesta de las fuerzas nucleares.
  6. d) agresión contra la Federación de Rusia y/o la República de Bielorrusia como miembros del Estado de la Unión, utilizando armas convencionales, lo que representa una amenaza crítica para su soberanía y/o integridad territorial;
  7. e) la recepción de información confiable sobre un lanzamiento masivo (despegue) de medios de ataque aeroespacial (aviones de aviación estratégica y táctica, misiles de crucero, aviones no tripulados, hipersónicos y otros vehículos aéreos) y su cruce de la frontera estatal de la Federación de Rusia.
  8. La decisión sobre el uso de armas nucleares es tomada por el Presidente de la Federación de Rusia.
  9. El Presidente de la Federación de Rusia puede, si es necesario, informar a la dirección político-militar de otros Estados y/o organizaciones internacionales sobre la disposición de la Federación de Rusia para utilizar armas nucleares o sobre la decisión tomada de usarlas, así como sobre el hecho de su aplicación.

 

  1. Tareas y funciones de los órganos federales del poder estatal, otros órganos del gobierno y organizaciones en la implementación de la política estatal en el área de disuasión nuclear.
  2. La dirección general de la política estatal en el área de disuasión nuclear está a cargo del Presidente de la Federación de Rusia.
  3. El Gobierno de la Federación de Rusia lleva a cabo medidas para implementar la política económica destinada a mantener y desarrollar los medios de disuasión nuclear, así como a formar y llevar a cabo la política exterior e informativa en el área de disuasión nuclear.
  4. El Consejo de Seguridad de la Federación de Rusia establece las principales direcciones de la política militar en el área de disuasión nuclear, así como coordina la actividad de los órganos federales del poder ejecutivo y organizaciones que participan en la implementación de las decisiones tomadas por el Presidente de la Federación de Rusia en relación con la garantía de la disuasión nuclear.
  5. El Ministerio de Defensa de la Federación de Rusia, a través del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, realiza la planificación directa y la ejecución de actividades organizativas y militares en el área de disuasión nuclear.
  6. Otros órganos federales del poder ejecutivo y organizaciones participan en la implementación de las decisiones tomadas por el Presidente de la Federación de Rusia en relación con la garantía de la disuasión nuclear, de acuerdo con sus competencias.

Como puede observarse, las cosas, no son exactamente como las dan a conocer.

Fuente: T_Vklk

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí