El Hijo del Camionero
“Esto es de lo que se acusa la clase política mexicana”
Por: Dr. Mario Rodolfo Cid de León Carraro
Presidente de la Junta de Enlace Ciudadano, para el
Análisis de Temas Económicos y Sociales de
México y Nezahualcóyotl
@MRODOLFO_CID
Siempre es muy grato escribir para ustedes, como en diferentes ocasiones se ha comentado, “el Hijo del Camionero”, es un espacio en el que se divulgan temas de frontera, que pudieran parecer ajenos a nuestra vida cotidiana, pero resulta que no solo la impactan, incluso la llegan a dirigir, por ello dichos temas se presentan desde sus fuentes de origen, analizados de manera empírica, para que construyan su propia opinión respecto al asunto y con ello como Ciudadanos, exijamos lo más conveniente. La idea no es ser fabricantes de opinión que se induzca a los lectores y mucho menos indicar formas de pensar, como lo hacen distintos “comentocratas y opinologos”, la meta es que con conocimiento, ustedes tomen su propia posición; hoy como nunca antes, hay respuesta a todas las preguntas, pero ¿serán verdaderas esas respuestas?, la verdad no es algo relativo, ni existen diversidad de verdades, nosotros como ciudadanos con información, debemos encontrar esa verdad.
Les presento queridos lectores mis más profundas disculpas, por no poder presentar como se prometió, el análisis de las motivaciones de la agencia calificadora “Moody’s”, por las que degradó la calificación crediticia de México, el informe no es público, para tener acceso a él es necesario contar con una suscripción, cuyo precio no es exactamente económico y antes que presentar análisis de las opiniones de otros, que no revisaron el informe y presentar un falso análisis empírico, resulta ético tratar otro tema.
En este orden de cosas, pero respecto a otro tema, un amigo y lector de esta columna, Felipe Velazco, me proporcionó la presentación del análisis de la situación económica del país, realizada por una consultoría de prestigio, dirigida por un ex secretario de estado, y con profundo orgullo puedo expresarles que su confianza en esta columna, no es vana, ya que lo expuesto y analizado en la misma, tanto el 19 y 26 de mayo, resulta coincidente con los hallazgos de esta entidad, que evidentemente cuenta con mucho mayores recursos. QUERIDOS LECTORES, GRACIAS POR SU CONFIANZA.
El tema que abordamos hoy, resulta de coyuntura ante los acontecimientos políticos actuales y es precisamente “La Traición a la Patria”, ¿Qué es y cómo debe entenderse?
La Traición a la Patria, por supuesto que es un acto deleznable, paro aunque usted no lo crea, no aparece determinado en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, donde un párrafo del Artículo 108 expresa claramente: “Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”, de forma general la denuncia ciudadana en contra de la presidente de la república por la comisión de este delito, es un acto constitucionalmente legal, proceda o no derivado de la investigación ministerial, ya que la Fiscalía está obligada, además de que parece que no podría existir impunidad por parte del jefe de estado, la Constitución es clara, puede ser imputado por cualquier delito ¿pero juzgado?, el fuero constitucional impide cualquier juicio, por lo menos, en el tiempo que dure el encargo.
El mismo Artículo 108 constitucional expresa: “Los ejecutivos de las entidades federativas, los diputados a las Legislaturas Locales, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, los integrantes de los Ayuntamientos y Alcaldías, los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía, así como los demás servidores públicos locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales”. Luego entonces debería entenderse que las violaciones a la Constitución, son Traición a la Patria, pero resulta que en el texto constitucional no existe nada, más allá del mencionado enunciado; en este sentido también resulta viable legalmente la denuncia ante la autoridad Ministerial de un Gobernador que en el ejercicio de sus funciones, se presuma que por acción u omisión haya cometido el delito de Traición y será la Fiscalía, que tras la investigación, solicite de un juez de control, la imputación del delito.
Revisando la temática, se haya como fuente de información el Código Penal Federal, en el que se encuentran las siguientes tesis:
La Traición a la Patria tiene las siguientes formas cuando un ciudadano mexicano:
I.- Realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero; y quien prive ilegalmente de su libertad a una persona en el territorio nacional para entregarla a las autoridades de otro país o trasladarla fuera de México con tal propósito.
II.- Tome parte en actos de hostilidad en contra de la Nación, mediante acciones bélicas a las órdenes de un Estado extranjero o coopere con éste en alguna forma que pueda perjudicar a México.
III.- Forme parte de grupos armados dirigidos o asesorados por extranjeros; organizados dentro o fuera del país, cuando tengan por finalidad atentar contra la independencia de la República, su soberanía, su libertad o su integridad territorial o invadir el territorio nacional, aun cuando no exista declaración de guerra.
IV.- Destruya o quite dolosamente las señales que marcan los límites del territorio nacional, o haga que se confundan, siempre que ello origine conflicto a la República, o ésta se halle en estado de guerra.
V.- Reclute gente para hacer la guerra a México, con la ayuda o bajo la protección de un gobierno extranjero.
VI.- Tenga, en tiempos de paz o de guerra, relación o inteligencia con persona, grupo o gobierno extranjeros o le dé instrucciones, información o consejos, con objeto de guiar a una posible invasión del territorio nacional o de alterar la paz interior.
VII.- Proporcione dolosamente y sin autorización, en tiempos de paz o de guerra, a persona, grupo o gobiernos extranjeros, documentos, instrucciones o datos de establecimientos o de posibles actividades militares.
VIII.- Oculte o auxilie a quien cometa actos de espionaje, sabiendo que los realiza.
IX.- Proporcione a un Estado extranjero o a grupos armados dirigidos por extranjeros, los elementos humanos o materiales para invadir el territorio nacional, o facilite su entrada a puestos militares o le entregue o haga entregar unidades de combate o almacenes de boca o guerra o impida que las tropas mexicanas reciban estos auxilios.
X.- Solicite la intervención o el establecimiento de un protectorado de un Estado extranjero o solicite que aquel haga la guerra a México.
XI.- Invite a individuos de otro Estado para que hagan armas contra México o invadan el territorio nacional, sea cual fuere el motivo que se tome.
XII.- Trate de enajenar o gravar el territorio nacional o contribuya a su desmembración.
XIII.- Reciba cualquier beneficio, o acepte promesa de recibirlo, por la comisión de los actos enunciados.
XIV.- Acepte del invasor un empleo, cargo o comisión y dicte, acuerde o vote providencias encaminadas a afirmar al gobierno intruso y debilitar al nacional.
XV.- Cometa, declarada la guerra o rotas las hostilidades, sedición, motín, rebelión, terrorismo, sabotaje o conspiración.
Además de estas conductas, el ordenamiento legal señala que también comete traición quien:
I.- Sin cumplir las disposiciones constitucionales, celebre o ejecute tratados o pactos de alianza ofensiva con algún Estado, que produzcan o puedan producir la guerra de México con otro, o admita tropas o unidades de guerra extranjeras en el país.
II.- En caso de una invasión extranjera, contribuya a que en los lugares ocupados por el enemigo se establezca un gobierno de hecho, ya sea dando su voto, concurriendo a juntas, firmando actas o representaciones o por cualquier otro medio.
III.- Acepte del invasor un empleo, cargo o comisión, o al que, en el lugar ocupado, habiéndolo obtenido de manera legítima lo desempeñe en favor del invasor.
IV.- Con actos no autorizados ni aprobados por el gobierno, provoque una guerra extranjera con México, o exponga a los mexicanos a sufrir por esto, vejaciones o represalias.
V.- Quien incite al pueblo a que reconozca al gobierno impuesto por el invasor o a que acepte una invasión o protectorado extranjero.
VI.- Aquellos a los que en forma tumultuaria sin uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones.
Otras conductas relacionadas con el delito de “Traición a la Patria”, pero que no es de exclusiva inherencia a este es el de Motín; este lo cometen quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación. A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, son coparticipes del acto delictivo.
El delito de rebelión lo cometen aquellos que no siendo militares en ejercicio, con violencia y uso de armas traten de:
I.- Abolir o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II.- Reformar, destruir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la Federación, o su libre ejercicio.
III.- Separar o impedir el desempeño de su cargo a alguno de los altos funcionarios de la Federación mencionados en el artículo 2o. de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, de la Ciudad de México y de los Altos Funcionarios de los Estados.
En este delito, se expresa una acotación muy importante: Los rebeldes no serán responsables de los homicidios ni de las lesiones inferidas en el acto de un combate, pero de los que se causen fuera del mismo, serán responsables tanto el que los manda como el que los permita y los que inmediatamente los ejecuten.
Otro delito, es el Terrorismo, el que consiste en: Utilizar sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo, fuente de radiación o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos, o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados, o bien, en contra de la integridad física, emocional, o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a éste para que tome una determinación.
Una vez conocidos todos estos supuestos, así como la información vertida y ante la gravedad de la situación que hoy vive México, corresponde a nosotros los ciudadanos construir una opinión fundada sobre las personas que nos gobiernas y de sus actos con el objeto de saber si cometen o no delitos, específicamente estos delitos de Traición y por ende exijamos el respeto real por nuestro país que le deben los servidores públicos y no solo ellos, también nosotros como ciudadanos, ya que hay privados que cometen estos delitos y deberían de ser juzgados en función de ellos, y sabemos quiénes son esos.
“Ninguno ama a su patria porque es grande, sino porque es suya”, que ni propios ni extraños ultrajen este país, porque la existencia e integridad de México, es garantía de que ninguno de nosotros sea un simple numero sin nombre que pueda ser prescindible en cualquier momento; en el mundo de hoy, ejemplos sobran; así mismo el cumplimiento de la ley debe ser irrestricto, porque quien se justifica en “nobles causas” para quebrántala, mañana la volverá a quebrantar y por “causas no tan nobles”
Como siempre se espera que este análisis descriptivo permita la creación de una opinión independiente y bien formada y más aún que dicha opinión nos lleve a generar mucha actividad ciudadana.



