El Hijo del Camionero
Por: Dr. Mario Rodolfo Cid de León Carraro
Coordinador del Grupo de Estudio y Análisis
Político Económico de Nezahualcóyotl
@MRODOLFO_CID
La semana pasada en esta columna, se empezó a tratar la dotación de agua potable como un servicio público prestado en conjuntos por los tres órdenes de gobierno de manera complementaria y consecutiva, lo que significa como ya se expresó en la parte conceptual, resulta complicado e intrincado, lo que en un primer análisis, haría suponer que ello lleva a que sea caro y deficiente, puesto que significa operar la red hidráulica bajo diferentes normas, que en muchas ocasiones, no son consonantes unas con otras, generando distintas dificultades, por lo que se abordara en esta ocasión las funciones de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), de los Órganos Operadores de Agua (OOA), que pertenecen a los Ayuntamientos y otras instancias, de acuerdo a lo establecido, referido y analizado por la Auditoria Superior de la Federación:
La CONAGUA y los OOA, se correlacional con distintas entidades públicas con atribuciones respecto a la prestación del servicio del agua; relaciones que en los hechos deberían estar coordinadas por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la que diseña y desarrolla los mecanismos para la conservación de la calidad del agua superficial y subterránea, además de que incorpora tecnologías para el tratamiento de las aguas residuales, propiciando, aunque sea en “el papel”, la reutilización de estas.
La Secretaría tiene las siguientes funciones:
1.- Impulsar acciones para garantizar el acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico.
2.- Fomentar y apoyar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que realicen las autoridades locales y las organizaciones comunitarias.
3.- Programar, proyectar, construir, administrar, operar y conservar las obras y servicios de captación, potabilización, tratamiento de aguas residuales, conducción y suministro de aguas de jurisdicción federal.
La Secretaría ejecuta estas atribuciones a través de la CONAGUA, en su carácter de órgano dotado de facultades administrativas, normativas, técnicas y consultivas que se encarga de la gestión de las aguas nacionales.
La comisión, tiene las atribuciones de determinar la disponibilidad del agua; orientar el desarrollo y promover el uso sustentable del recurso; determinar la demanda de agua y sus volúmenes de utilización; identificar las fuentes de contaminación del líquido; administrar los recursos financieros para su inversión en infraestructura hidráulica; otorgar y regular las concesiones, asignaciones y permisos y llevar su registro; operar la infraestructura estratégica, la maquinaria y equipo, así como supervisar la operación de los OOA; esto último, sin mucho éxito.
La CONAGUA está obligada a realizar el proceso de planeación que incluye un diagnóstico integral, así como la previsión de estrategias, acciones, bases y modalidades orientadas a cumplir eficazmente con el mandato constitucional de garantizar el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico, tal cual lo define la Auditoria Superior de la Federación.
Constitucionalmente, el quehacer de las instituciones públicas tiene que circunscribirse al marco de planeación estratégica, en el que deben establecerse con claridad los objetivos nacionales, además de las estrategias y determinación de prioridades para alcanzar un desarrollo integral y sustentable, lo que deriva del Plan Nacional de Desarrollo; de sus elementos se desarrollan los programas específicos en materia del uso y aprovechamiento de los recursos hídricos; no puede desarrollarse un plan que no emane de las metas del mencionado Plan Nacional de Desarrollo.
La normativa de CONAGUA dispone que debe integrar, formular, proponer actualizar y vigilar el cumplimiento del Programa Nacional Hídrico el que, por cierto, nadie conoce y que surge del programa sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece que la disponibilidad, el uso y aprovechamiento del recurso, así como las estrategias, prioridades y políticas para lograr un desarrollo regional sustentable y avanzar en la gestión integrada de los recursos hídricos, por lo que resulta evidente que el Plan Nacional Hídrico, constituye el documento rector de los planes hídricos regionales.
Menciona la Auditoria Superior de la Federación que la planeación del sector hídrico tiene el objetivo de reducir las brechas de inequidad en cuanto al acceso al agua y avanzar en la seguridad hídrica del país con un enfoque de derechos humanos, lo que no es algo que, de manera general, se ajuste a la realidad.
El Plan Nacional Hídrico del actual sexenio, se determinaron 5 objetivos prioritarios, 20 estrategias
prioritarias, 87 acciones puntuales, 5 metas para el bienestar y 10 parámetros, así como diversos
indicadores para el seguimiento y evaluación de su cumplimiento.
Conforme al plan, su primer objetivo prioritario se vincula con la prestación del servicio público de agua para uso doméstico, derivando cuatro estrategias prioritarias:
1.- Proteger la disponibilidad de agua en cuencas y acuíferos lo que, ante el desastroso estado de estos, demuestra que la estrategia no ha ejecutado.
2.- Abatir el rezago en el acceso al agua potable y al saneamiento para elevar el bienestar en los medios rural y periurbano; de lo que no existe evidencia material de su cumplimiento.
3.- Fortalecer a los organismos operadores de agua y saneamiento, a fin de asegurar servicios de calidad a la población; aquí puede expresarse la experiencia de Nezahualcóyotl, donde el agua conducida a través de tubos de plomo tiene un “hermoso” tono rojizo, que bien puede ser cobre, producto del “fortalecimiento” del Organismo Operador, es sarcasmo.
4.- Atender los requerimientos de infraestructura hidráulica para hacer frente a las necesidades
presentes y futuras.
Las cuatro estrategias prioritarias se ejecutan a través de quince acciones puntuales; resulta importante puntualizar que la implementación del Plan es corresponsabilidad de diversas entidades de los gobiernos federal y los gobiernos estatales y municipales, lo que en la realidad no se aprecia.
En este contexto, se ha incluido una nueva variable, “el cambio climático”, y su impacto en la disponibilidad de recursos hídricos para atender la demanda de uso doméstico es una condición que está contemplada en diversos instrumentos jurídicos y programáticos., como lo es Programa Especial de Cambio Climático 2021-2024, que ejecuta la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el que su estrategia prioritaria es la gestión integrada de los recursos hídricos del país con base en aspectos de cantidad y calidad de agua que aseguren el acceso equitativo de la población y sectores productivos, así como el mantenimiento de los servicios ambientales a través de la identificación de los requerimientos de infraestructura de agua potable, drenaje y tratamiento de aguas residuales en los centros de población, así como la revisión y conclusión de los proyectos de agua potable y saneamiento en curso: “bueno eso dice el propio programa que es su propósito”.
Dice la Auditoría Superior de la Federación que la CONAGUA es responsable de la administración y preservación de las aguas nacionales, mediante la articulación de los Organismos de Control, que son unidades técnicas, administrativas y jurídicas especializadas y de carácter autónomo, adscritas directamente al Titular de la Comisión, siendo sus atribuciones:
1.- Contribuir a mantener el equilibrio entre la disponibilidad y el aprovechamiento de los recursos hídricos, lo que resulta evidente que no existe, de lo contrario el Sistema Lerma, la presa de Valle de Bravo, los lagos de Pátzcuaro, Chapala y Zumpango, no se habrían secado.
2.- Ordenar procedimientos y expedir títulos de concesión (¿a quién?)
3.- Preservar y controlar la calidad del agua, lo que por lo menos, en Nezahualcóyotl, no resulta cierto.
4.- Manejar las cuencas6 y regiones hidrológicas que les correspondan.
5.- Construir y mantener las obras de infraestructura hidráulica.
La competencia de los Organismos de Control, son las trece Regiones Hidrológico-Administrativas, formadas por agrupaciones de cuencas consideradas como las unidades básicas de gestión de los recursos hídricos, con base en la división política municipal:
I – Península de Baja California, II – Noroeste, III – Pacífico Norte, IV – Balsas, V – Pacífico Sur, VI – Rio Bravo, VII – Cuencas Centrales del Norte, VIII – Lerma-Santiago-Pacífico, IX – Golfo Norte, X – Golfo Centro, XI – Frontera Sur, XII – Península de Yucatán y XIII – Aguas del Valle de México.
La implementación del Programa Nacional Hídrico, como cualquier programa, requiere de diversos programas presupuestales para su implementación, y en esta materia de la provisión del servicio público de agua para uso doméstico el programa presupuestal más importante es PROAGUA, cuyo objetivo es apoyar el fortalecimiento e incremento de la cobertura de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento que prestan los Organismos Operadores de los municipios, mediante el financiamiento de obras públicas y acciones en localidades urbanas y rurales.
El Programa Nacional Hídrico, es administrado por la CONAGUA e incluye cinco apartados con objetivos específicos:
- Apartado Agua Limpia: fomentar y apoyar el desarrollo de acciones para ampliar la cobertura de agua de calidad para el uso y consumo humano en los sistemas de abastecimiento y distribución del agua.
2) Apartado Rural: apoyar la creación de infraestructura para abatir el rezago en la cobertura de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento en localidades rurales del país, con población menor a 2,500 habitantes.
3) Apartado Urbano: apoyar a los gobiernos estatales y municipales para que fortalezcan y desarrollen el acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento básico a través de los OOA, en beneficio de localidades de 2,500 o más habitantes del país a través del apoyo financiero y técnico.
4) Apartado Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales: apoyar financiera y técnicamente a los OOA, para incrementar y mejorar su capacidad instalada, con la finalidad de tratar sus aguas residuales en beneficio de comunidades en condiciones principalmente de alta o muy alta marginación, tanto en las localidades urbanas como rurales.
5) Apartado Proyecto para el Desarrollo Integral de Organismos Operadores de Agua y
Saneamiento: mejorar la calidad del servicio de agua potable en poblaciones preferentemente de entre 50 mil y 900 mil habitantes, con el objetivo de impulsar la sostenibilidad operativa y financiera de esos organismos a través de su desarrollo.
Refiere la Auditoria Superior de la Federación, que este marco normativo, programático e institucional regula la prestación del servicio público de agua potable, con el fin de cumplir el mandato constitucional de asegurar el acceso de la población a este satisfactor. El funcionamiento óptimo de este servicio público requiere que todas las instituciones involucradas ejecuten las acciones de su competencia en un marco de planeación, coordinación y vigilancia dirigido desde el ámbito federal.
La normativa aplicable, así como la actuación de la CONAGUA y los Organismos Operadores de Agua, presentan deficiencias y limitaciones de distinto orden que afectan la calidad del servicio a los usuarios finales, lo que en este sentido la operación del proceso, puede sintetizarse de la manera siguiente: La CONAGUA, consigue agua de donde sea y se la vende a los gobiernos de los estados, estos la distribuyen entre los municipios revendiéndola y a su vez, los municipios, asumen la total responsabilidad de llevar el agua a los domicilios, cobrando por ello, aunque no llegue dicha agua.
El pago de la dotación del agua está asegurado; el gobierno federal descuenta la factura del fondo 4 del Ramo 33 que es transferido a los estados, a su vez los estados hacen lo propio con los municipios, los que tendrían que reconstituir el saldo total del fondo 4, al solicitar el importe de la factura a los Organismos Operadores de Agua, los que en diversos casos no lo cubren, dejando la responsabilidad legal y financiera en los municipios.
Después de revisar todo este bagaje, se tendrá que revisar las problemáticas existentes en la distribución del agua, las que son tantas, que obligan a revisar el modelo operativo actual, pero estos asuntos, no se someten a consulta pública.