El Hijo del Camionero
“Un informe sin resultados”
Por: Dr. Mario Rodolfo Cid de León Carraro
Presidente de la Junta de Enlace Ciudadano, para el
Análisis de Temas Económicos y Sociales de
México y Nezahualcóyotl
@MRODOLFO_CID
Agradezco profundamente a los lectores, por prestar su atención a esta columna, que hoy publica el trabajo número 70, siempre buscando generar elementos de análisis y divulgar información directa de origen. El trabajo de hoy, se lo dedico a mi esposa e hijos.
En esta época del año, resulta muy profusa la cantidad de información financiera que genera la federación, los estados y los municipios, tal es el caso que en días recientes, ser aprobó el presupuesto de egresos de la federación, del que daremos cuenta en el momento en que se publique en la modalidad “por objeto del gasto;” también es tiempo de los informes de cuenta pública, tanto de municipios como de sus entidades y de los gobiernos de los estados.
En este momento procederemos a revisar el informe de cuenta pública del ejercicio del año fiscal 2023 de los programas sociales, manejados por el poder ejecutivo del Estado de México; en dichos informes, que el Gobierno del Estado, entrega al Órgano Fiscalizador del Congreso, entre otras cosas, enuncian el monto de recursos erogados en los programas, la forma en que operaron, el nivel de personas que se beneficiaron, su objeto y resultados. La autoridad fiscalizadora, revisa y analiza la información por distintos mecanismos, constata la legalidad en la operación y aplicación de los recursos, que los recursos hayan sido correctamente aplicados, para alcanzar los objetivos del gasto, evaluándose la pertinencia del mismo y como resultado de este proceso, la mencionada Entidad Fiscalizadora, presenta a los Diputados Locales, su informe, con recomendación para ser aprobado o no y es facultad de la legislatura conceder la mencionada aprobación, para lo que en este caso, ocurrió por unanimidad y sin mucha discusión.
Entrando en algunas especificaciones, la entidad es responsable de la preparación y presentación de la información contable, financiera, presupuestaria, programática y administrativa de la cuenta pública; dicha información, debe sujetarse a criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de comparación, así como a los atributos de oportunidad, veracidad, representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de predicción e importancia relativa.
Las Auditorías Especiales, en ejercicio de sus funciones, determinan y cuantifican los montos observados como probables daños y perjuicios, causados a las haciendas públicas o al patrimonio de las entidades fiscalizables. Los montos observados como probables daños y perjuicios, causados a las haciendas públicas o al patrimonio de las entidades fiscalizables, son independientes a la muestra determinada a auditar; las observaciones que se determinan, refieren al cumplimiento normativo en el uso y manejo de los recursos públicos, los montos observados como probables daños y perjuicios causados a las haciendas públicas o al patrimonio de las entidades fiscalizables.
La cuenta pública, expresa una primera deficiencia, en el Plan Estatal de Desarrollo, no está expresada la visión que debería tenerse, como parte de la planeación estratégica, por lo que queda indeterminado el sentido de las metas programáticas del ejercicio fiscal del año 2023.
Respecto a la vinculación respecto a los derechos humanos, a través de los programas sociales, se dice que el Gobierno del Estado, respeta, protege y garantiza lograr que los mexiquenses convivan en una sociedad más justa, con una perspectiva hacia el futuro de mayor bienestar y desarrollo.
Diversas entidades del Gobierno, operaron programas sociales, bajo la siguiente estructura: Secretaría del Bienestar por $6, 457,270.00; Secretaria del campo por $567,454.20; Secretaria de Cultura y Turismo por $306,776.40; Secretaría de Desarrollo Económico por $249,619.20; Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México por $611,249.20; Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e innovación por $35,494.20; Secretaria del Trabajo por $859,766.20 y Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura por $18,985.30.
De la revisión se determinaron 22 resultados, relacionados con presuntas conductas en el marco del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, englobándose en temas Como la falta de comprobación del uso y destino de los bienes y servicios (grupos vulnerables), Sin comprobación del uso y destino de los recursos, e Incumplimiento a las reglas de operación.
Las faltas recurrentes en todos los programas, se engloban en:
“Comprobación y justificación, consistente en la inexistencia de comprobación del uso y destino de los bienes y servicios. Con base en la información requerida y presentada por la entidad fiscalizada durante la ejecución de los trabajos de auditoría, se presume que, en el ejercicio de sus atribuciones, pagó indebidamente bienes y/o servicios, sin haber presentado la evidencia comprobatoria y justificativa que demuestre la entrega de los apoyos a la población vulnerable, por tal, no se atendió la población objetivo; ello en contravención a lo establecido en la Ley de Desarrollo Social del Estado de México y la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios”.
“Sin comprobación del uso y destino de los recursos, lo que se determina con base en la información requerida y presentada por la entidad fiscalizada durante la ejecución de los trabajos de auditoría, se presume que, en el ejercicio de sus atribuciones, no contó con ningún elemento de convicción legal que acredite y/o pruebe, el uso y destino de los recursos autorizados, ya que no comprobó la entrega de los bienes y/o servicios contratados; ello en contravención lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios.”
Desde el punto de vista práctico, resulta ocioso realizar el análisis de la cuenta pública de las dependencias centralizadas y de los fideicomisos estatales, ya que más menos, están redactadas de la misma manera, realmente expresando solo generalidades y sin indicar en específico, en qué consisten las observaciones, el monto de estas y su proceso de solvatación.
Es necesario recordar que una observación derivada de la falta de comprobación de un pago, implica un monto presumiblemente aplicado de manera ilegal, o tal vez la adquisición de bienes y servicios, inexistentes, no autorizados o sin comprobantes, lo que implica establecer un monto observado, dicho monto no es definitivo, que en los plazas que maraca la autoridad, pueden comprobarse a satisfacción o todo lo contrario.
En este y en todos los informes de cuenta pública, no se presentan de manera detallada las observaciones, ni el monto de ellas y mucho menos su estado de solvatación, y aun así, fueron aprobados dichos informes por parte de todos los diputados, sin que existiera discusión; la falta de importes y la motivación y justificación de los mismos, impiden determinar, si existieron fallas administrativas (es decir simples errores), descuidos en la operación de los programas, padrones con beneficiarios inexistentes, compra de bienes y servicios innecesarios o actos abiertos de peculado, por lo que resulta imposible valorar la eficiencia de los programas, que cumplan sus objetivos y sobre todo, garantizar que realmente el dinero lo recibe quien lo debería recibir.
Realmente ¿se gastó correctamente el dinero? ¿Benefició a la ciudadanía? ¿Cuál fue el impacto económico del gasto?, la respuesta es simple ¡Quién sabe!
No cabe duda, que unos hacen que gobiernan y otros fingen que se oponen. Usted tiene la mejor opinión.
La semana que entra revisaremos la cuenta pública del Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, donde espero se pueda evaluar algo.