El Hijo del Camionero
“La AFORE un nuevo mecanismo de retiro, que obliga a tomar determinaciones”
Por: Dr. Mario Rodolfo Cid de León Carraro
Presidente de la Junta de Enlace Ciudadano, para el
Análisis de Temas Económicos y Sociales de
México y Nezahualcóyotl
@MRODOLFO_CID
Siempre estaré agradecido con ustedes mis muy queridos lectores, por la oportunidad que dan a quien escribe esta columna del Hijo del Camionero, la que tiene por objeto divulgar el análisis empírico y en algunos casos, descriptivos que se hacen sobre temas de interés y de frontera, indispensables para comprender nuestra vida diaria de estos y nuestro papel como ciudadanos para sacarlos adelante en un contexto de responsabilidad democrática.
A petición de dos lectores y dado el interés despertado respecto a las columnas en las que se expusieron temas sobre el Sistema para el Retiro y las Afore, en esta ocasión abordaremos como se accede al retiro precisamente a través de las AFORE:
De acuerdo con lo expresado por el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, la modalidad de retiro financiada y pagada a través de los ahorros individuales, custodiados y administrados por una Administradora de Fondos para el Retiro corresponde a todos aquellos trabajadores que hayan comenzado a cotizar a partir del 01 de julio de 1997.
Antes de continuar, resulta necesario comentar que el régimen surgido al amparo de lo que fue lo que comúnmente se conoce como régimen de la ley de 1973, continua vigente, no la ley, sino el régimen de retiro que estipulaba esta, dicho régimen resulta optativo, tienen acceso a este, todas las personas cuya primera cotización la hayan realizado antes de julio de 1997, no obstante si así lo decidieren, pueden retirarse con base en el régimen de AFORE, mientras aquellos cuya primera cotización, se hubiere generado en julio de 1997, no tienen más opción para el retiro, que la AFORE.
Los trabajadores que aspiren a obtener su retiro en este año 2026 y cuya primera cotización haya tenido lugar en julio de 1997, deberán tener una edad de 60 a 64 años, para obtener una Pensión por Cesantía y 65 años en caso de pretender una Pensión por Vejez.
En este año el aspirante al retiro debe contar con 875 semanas efectivas de cotización como mínimo; además de tener su Expediente de Identificación de Trabajador actualizado ante la AFORE, lo que se realiza contactando a un promotor de esta o a través de la APP, este proceso administrativo, debe realizarse con regularidad, no importa que aún no se esté en edad para realizar los trámites para el retiro.
Debe recordarse la participación de quien suscribe en Poder Ciudadano, transmitido en la radio del Congreso, donde a pregunta expresa del Maestro Juan Carlos Flores Aquino, le contesté que a partir de 2022 el requisito de semanas cotizadas se incrementará cada año en 25 semanas hasta llegar a 1,000 semanas en 2031, por lo que debe considerarse que la referencia para 2026, son 875 semanas.
Los documentos que se requieren para realizar el trámite son: Identificación oficial; Estado de Cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite el registro en la Administradora; Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada y Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS.
En este caso debe considerarse lo que se expuso en la columna de la semana pasada, este sistema para el retiro no es de beneficios definidos, la pensión a obtener, “dependerá exclusivamente del saldo acumulado en su cuenta Afore” (SAR).
Nuevamente recordando lo expuesto en la columna de la semana pasada, este sistema ofrece tres modalidades para el financiamiento y pago de la pensión:
- Renta Vitalicia: Donde la pensión la paga una Aseguradora; dicha pensión pagadera de por vida, y el IMSS quien indicará qué Aseguradoras prestan este servicio. En esta parte es indispensable tener claro, que, con el monto ahorrado en la cuenta individual, se adquiere el plan de renta vitalicia con la mencionada aseguradora, por lo que el monto de la pensión depende del volumen de ahorro, así se garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida, pero adicionalmente se debe comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a los beneficiarios recibir una pensión a la muerte del pensionado.
El procedimiento para acceder a la renta vitalicia es el siguiente:
- Acudir a la Clínica del IMSS que le corresponda y presentar la Solicitud de Pensión, a continuación, el IMSS entregará el “Documento de Oferta” con información relevante para elegir la Aseguradora que pagará tu pensión; no ofrecen los mismos planes, por lo que hay que analizar cuál escoger, buscando que se ajuste a los intereses del pensionado.
- Una vez entregada la Solicitud ante el IMSS se deberá esperar a la resolución de pensión.
- Cuando el IMSS entregue la resolución se deberá acudir a la Aseguradora para que ésta inicie con el pago de tu pensión.
- Si existen recursos del SAR 92 porque se trabajó antes de 1997, se podrá retirarlos en una sola exhibición directamente en tu Afore.
Es muy Importante estar consciente de que se podrá usted retirar de manera anticipada sin necesidad de cumplir las edades establecidas, si la pensión que se te calcule bajo la modalidad de Renta Vitalicia es superior en más del 30 por ciento de la pensión mínima garantizada.
En caso de que exista algún excedente de recursos, podrás retirarlo en efectivo.
La disposición de los recursos de la Cuenta Afore, así como de sus rendimientos estará exenta del pago de impuestos.
- B) Retiro Programado: La pensión la paga la Afore; esta es una pensión que se contrata con la Aforeen la que se encuentre uno registrado al momento del retiro; el monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta Afore, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que te calculen.
A diferencia de una Renta Vitalicia que te paga una pensión de por vida, la de Retiro Programado, es pagadera hasta que se agoten los recursos de la cuenta Afore y se debe comprar un Seguro de Sobrevivencia que les permitirá a los beneficiarios recibir una pensión en caso de tu fallecimiento.
El procedimiento para cumplir, para obtener esta pensión, es el siguiente:
- Acudir a la Clínica del IMSS que corresponda y presenta la Solicitud de Pensión.
- Una vez entregada la solicitud ante el IMSS deberá esperar a la resolución.
- Cuando el IMSS entregue la resolución deberá acudir a la Afore para que esta inicie con el pago de tu pensión.
- C) Pensión Mínima Garantizada: Donde el Gobierno Federal paga la pensión, siendo aquella que el Estado otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y en 2026, un mínimo de 875 semanas cotizadas, pero que los recursos no le alcancen para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.
Para obtener la pensión es indispensable lo siguiente:
- Tener 60 o 65 años cumplidos
- Tener el Expediente de Identificación de Trabajador actualizado
- Tener saldo en tu Cuenta Afore
Así mismo, se deben presentar los siguientes Documentos:
- Identificación oficial.
- Estado de Cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora.
- Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada.
- Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS.
Para ello debe realizarse lo siguiente:
- Acude a la Clínica del IMSS que corresponda y presentar la Solicitud de Pensión.
- Una vez entregada tu Solicitud ante el IMSS se deberá esperar a la resolución.
- Cuando el IMSS entregue la resolución se deberá acudir a la Afore para que esta inicie con el pago de tu pensión.
Si se acude ante el IMSS, y éste dictamina una Negativa de Pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social, la AFORE entregará en efectivo los recursos de tu cuenta.
Los requisitos para cumplir para reclamar la totalidad del ahorro son los siguientes:
- Tener recursos en una cuenta Afore
- Tener 60 años cumplidos
- Tener Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
Además, deben presentarse los siguientes documentos:
- Identificación oficial
- Estado de Cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite el registro en la Administradora.
- Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada.
También hay que realizar los siguientes trámites:
- Acudir a la Clínica del IMSS que corresponda y presentar los documentos antes mencionados.
- Una vez cumplidos los requisitos documentales, elIMSS emitirá la Negativa de pensión.
- Cuando el IMSS te otorgue la Negativa de pensión se deberá acudir a la Afore para que ésta entregue en una sola exhibiciónlos siguientes recursos:
- Retiro Cesantía o Edad Avanzada y Vejez
- INFONAVIT 1997
Si se tiene recursos SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 te los entregarán hasta que cumplas 65 años.
Como puede observarse, en caso de cumplir con los requisitos para lograr el retiro, resulta necesario manejar más información que la convencional, sino de que otra manera puede uno determinar si es más favorable adquirir una renta vitalicia o seleccionar la pensión temporal a pagada por la AFORE, o bien que hacer si se tiene que retirar el ahorro en una solo exhibición.
Como puede verse son decisiones complejas a las que muchos no estamos acostumbrados a tomar, lo que si hay que tener en cuanta es que todo depende del volumen de ahorro, ya que hay un supuesto fuerte ¿Qué pasa si coticé todas las semanas requeridas, pero el monto de ahorro logrado no alcanza?
También hay que estar conscientes que el monto de la pensión muy difícilmente quedará igualado al del régimen de 1973, donde hoy la pensión mínima garantizada esta en el orden de un poco más de 10 mil pesos y es vitalicia.
Si bien es cierto, que resulta complicado por decir lo menos, regresar a un régimen solidario y de mutua contribución como el que se tenía, también es cierto que se requieren más avances en el régimen actual, avances que garanticen dos cosas y que las escribo con toda franqueza: que recibir una pensión no sea igual a pedir limosna y que la opción de retiro, no sea la tumba, sino que el sistema, garantice una pensión de largo plazo.
Para lo anterior necesitamos rediseñar el mundo del trabajo en México, hay que abatir tanto el trabajo informal como el ilegal, la seguridad social, realmente debe alcanzar a todos y sobre todo, si queremos que alcance, llegó el momento de dejar a tras el trabajo consistente en armar los productos de otros, a pasar al trabajo de desarrollar, construir y comerciar los propios productos y sobre todos, si son de industria 4.0 y 5.0 o ¿usted que piensa?




